El R.E.B.A. es el trámite obligatorio para obtener la licencia de comercializar bebidas alcohólicas. Se realiza en la Secretaria de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Colón, es personal y debe adjuntar los siguientes requisitos:
*Fotocopia de habilitación municipal.
*Constancia de inscripción y pago al día de IB
*DNI
*Estatuto y/o Contrato Social.
Licencia correspondiente según el rubro habilitado:
Categorías: A – B1 – B2 de 10 hs. a 21 hs.: Distribuidores Mayoristas – Supermercados – Despensas y similares excepto Kioscos y Estaciones de Servicio.
Categorías: C1 – C2 de 10 hs. a 4:30 hs.: Pizzerías – Parrillas – Restaurant - Cafés – Bares – Pubs – Cervecerías y similares.
Categorías: C3 hasta las 4:30 hs.: Discotecas – Confiterías Bailables y similares.
Categoría D: eventos organizados por entidades que habitualmente no desarrollan las actividades descriptas en las categorías A-B y C.
Se recuerda a los comerciantes de nuestra ciudad que está prohibida la venta de alcohol sin la autorización de R.E.B.A. por tal motivo, invitamos a todos los comerciantes a pasar por nuestra oficina a normalizar su situación. Evite sanciones o clausuras, recuerde que está terminantemente prohibida la venta de alcohol a menores de edad.
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